¿La ley contempla algún plazo para la aceptación herencia Sevilla?

abogados especialistas en herenciasSer un heredero no siempre puede ser visto como algo positivo porque no solo recibirá una cierta cantidad de bienes, sino que también debe encargarse de las deudas que haya dejado el fallecido. En este sentido, si realmente vale la pena la aceptación herencia Sevilla o, por el contrario, es preferible renunciar a ella.

Afortunadamente, de acuerdo con el Código Civil español no existe un plazo impuesto para dar una respuesta definitiva. Por lo tanto, no está de más que busque a unos abogados especialistas en herencias que le ayude a decidir si será beneficioso aceptar lo que le toque en un patrimonio o es preferible evitarse quebraderos de cabeza.

Ahora bien, lo habitual es considerar un plazo de 30 años, es decir, el mismo que hay para hacer el reclamo de una herencia. Pero, en estos casos pueden ocurrir muchas circunstancias que hay que definir con mucha cautela y sin precipitaciones, por lo que un profesional jugaría un papel clave.

¿Cómo se realiza la aceptación de una herencia?

Una vez que el abogado y su cliente hayan encontrado suficientes argumentos para aceptar una herencia, el procedimiento se define de la siguiente manera:

  • Tácita: la aceptación se expresa a través de actos que den a entender la decisión, es decir, que en otra circunstancia fuesen imposible de ejecutar. Por ejemplo, disponer de uno de los bienes de la persona fallecida.
  • Expresa: aquí la aceptación se da de forma explícita frente a un Notario.

Hay otras dos formas de definir este proceso:

  • Pura: aquí el heredero se hace responsable de los bienes y las deudas.
  • A beneficio de inventario: el heredero responderá con lo que herede, sin tocar su patrimonio.

Al momento de la partición de la herencia es fundamental contar con la ayuda de un abogado porque tiene que darse por unanimidad. En otras palabras, si uno de los herederos no está satisfecho, los demás se verán afectados de forma directa. Para este aspecto tampoco existe un plazo para poder realizarlo.

Otro escenario que podría plantearse en este tema es que el cliente prefiera rechazar la herencia. Para poder hacerlo, el único camino que hay es el legal, bien sea ante un Notario, o bien sea frente a un Juzgado. Aquí lo más importante que hay que tener en cuenta es que esta decisión debe ser mediante una escritura pública.

A través de lo que establece la ley es posible resolver cada uno de los planteamientos que suceden; sin embargo, ya que el tema de las herencias es tan amplio, lo mejor es contar con alguien experto que esté capacitado para ofrecer su orientación desde el mismo momento en que una persona fallece.